En principio, el autor tiene derecho a explotar y a reproducir su obra, pero hay una serie de casos en los cuáles se puede reproducir su obra sin el consentimiento del autor. Esto no significa que sea gratis y no se haya de abonar una remuneración por su explotación. Por tanto, en determinados casos especiales se puede divulgar una parte o todo el contenido del libro, sin que el autor pueda oponerse.
La ley establece una serie de limitaciones al derecho exclusivo del creador de explotar su obra y reconoce que en una serie de usos las obras pueden ser reproducidas sin autorización del autor. Las obras ya divulgadas podrán reproducirse sin la autorización del autor en los siguientes casos:
· Con fines de seguridad pública o para el correcto desarrollo de procedimientos administrativos, judiciales o parlamentarios. Así, en el caso de la vista de un juicio se pueden aportar como pruebas la obra reproducida.
· La reproducción realizada, en cualquier soporte, sin asistencia de terceros, de obras ya divulgadas, cuando concurran simultáneamente las siguientes circunstancias, constitutivas del límite legal de copia privada:
· Que se lleve a cabo por una persona física exclusivamente para su uso privado, no profesional ni empresarial, y sin fines directa ni indirectamente comerciales. Por ejemplo, que la reproduzca en su casa.
· Que la reproducción se realice a partir de obras a las que haya accedido legalmente desde una fuente lícita
· Que la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, ni de distribución mediante precio. Por tanto, que no haya ningún cobro por la reproducción de la obra.
· Los que se realicen en beneficio de personas con discapacidad siempre que los actos de reproducción carezcan de finalidad lucrativa, guarden una relación directa con la discapacidad de que se trate, se lleven a cabo mediante un procedimiento o medio adaptado a la discapacidad y se limiten a lo que esta exige.
Por tanto, el autor que ha
imprimido un libro, lo ha publicado y lo vende ha de permitir su reproducción total o parcial del libro en determinadas circunstancias legales.
El contenido de este artículo se basa en la información legal facilitada por
CEDRO, asociación de autores y editores de libros, revistas, periódicos y partituras que gestiona de forma colectiva los derechos de propiedad intelectual derivados de la fotocopia y la copia digital de sus obras.
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