La respuesta es afirmativa, ya que si imprimo una nueva edición del libro, por ejemplo la segunda edición, tengo que renovar el depósito legal y solicitar otro número de depósito legal. Así, cada edición del libro tendrá un número de depósito legal diferente.
Por una parte, no hay que confundir lo que sería la “reimpresión del libro”, o sea, volver a hacer una tirada del libro, donde el libro que se imprime es exactamente igual, con lo que sería propiamente una “reedición del libro”, o lanzar una nueva edición del libro, en el que se modifica la obra anterior y se imprime por primera vez.
En conclusión, si reimprimos un libro, volviendo a imprimir la misma edición del libro, no tenemos la obligación de pedir otro número de depósito legal , ni de realizar otra entrega de ejemplares de la obra, ya que conservará el mismo número de depósito legal.
En cambio, si lanzamos una nueva edición, entonces reeditamos el libro, y este libro tendrá otro número de depósito legal, además de necesitar otro número ISBN.
Finalmente, comentar que nos referimos a la “reedición” cuando hay modificaciones sustanciales del libro (de la portada, del contenido, con nuevos capítulos, etc.) y no se trata sólo de meras correcciones ortográficas, de diseño, etc. , ya que estas no suponen una nueva edición del libro, aunque los libros imprimidos sean ligeramente modificados.
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